Tráfico Ilícito de Bienes Culturales
Acciones realizadas por el Perú
Bienes recuperados
Módulo de verificación de réplicas en el aeropuerto










TRÁFICO ILÍCITO DE BIENES CULTURALES

Los objetos saqueados y robados de sitios arqueológicos, iglesias, museos o depositarios de bienes culturales, incrementan el tráfico ilícito; es decir, la compra y venta de objetos arqueológicos o histórico-artísticos que se realiza sin tener en cuenta que su transferencia ilícita está prohibida. Los principales actos dolosos relacionados con el tráfico ilícito de bienes culturales son la transferencia clandestina y la salida de las piezas del país sin autorización previa.

El tráfico ilícito no existiría si no hubiera un mercado para estos objetos, formado y alentado principalmente por coleccionistas con mucho dinero y algunas personas sin escrúpulos que trabajan en museos, tanto en el Perú como en el extranjero. Además, en las últimas décadas, los bienes culturales se han convertido en un medio de lavar dinero por parte de los autores de otros delitos graves como el narcotráfico y la venta clandestina de armamento, entre otros.

Por lo tanto, el tráfico de bienes culturales es un delito de suma gravedad, y está asociado al deterioro general de la moral y de la calidad de vida de la sociedad en que vivimos.

PREGUNTAS FRECUENTES

Si tengo un huaco, ¿qué hago?

Si posees un huaco, o cualquier otro bien cultural, lo primero que debes hacer es registrarlo en el INC de tu localidad o entregarlo a la autoridad cultural competente para su protección y custodia.

Recuerda que si eres poseedor de un huaco, o bien cultural, debes conservarlo y mantenerlo en buenas condiciones. Para ello debes solicitar la asesoría de los especialistas del INC.

Recuerda también que no puedes transferirlo si antes no lo comunicas al INC.

¿Pueden salir al extranjero los bienes culturales?

Sí, pero bajo ciertos procedimientos, requisitos y en determinadas situaciones. Por ejemplo, para hacer trabajos de investigación, restauración, o para exhibirlos temporalmente en un museo. Para ello, su salida necesita ser autorizada mediante Resolución Suprema y el plazo máximo otorgado de estancia en el exterior es de un año, prorrogable una sola vez por igual término.

No olvidemos que hay pena de cárcel (de 3 a 8 años en el caso de bienes arqueológicos y de 2 a 5 años para bienes históricos) y sanciones económicas, tanto para aquellos que sacan ilegalmente del país los bienes culturales, como para los que no los retornan conforme a la autorización concedida.

Recuerda que si un bien cultural forma parte del Patrimonio Cultural de la Nación no puede salir del país, excepto en los casos señalados. Los bienes cuya exportación se intente ilegalmente serán incautados automáticamente.

Soy un(a) artesano(a) productor(a) de réplicas de bienes culturales. ¿Cómo evitar que las confundan con bienes culturales y me las decomisen por este motivo?

La Ley exige que el INC verifique los bienes culturales antes de dejar el país, con el propósito de certificar que NO son parte del patrimonio cultural de la Nación. Esta verificación se hace en la sede central del INC (las sedes regionales no están facultadas para este trámite). Al respecto, el INC contempla en su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, la existencia del procedimiento de peritaje de autenticidad de bienes culturales muebles.

Algunas réplicas están muy bien hechas, pero también se han detectado casos de objetos auténticos "disfrazados" de artesanía moderna. Para evitar confusiones, debemos tratar de identificar nuestras piezas con alguna marca, signo o inscripción que no deje lugar a dudas de que se trata de un objeto de confección moderna.

Soy un turista, ¿puedo llevarme réplicas de recuerdo?

SÍ, siempre y cuando las mismas sean verificadas para comprobar que no pertenecen al patrimonio cultural de la Nación. El INC tiene un módulo en el aeropuerto Jorge Chávez, donde el personal revisará sus réplicas gratuitamente, levantando un Acta de Verificación.

Deseo obtener el certificado de bienes no pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación con fines de exportación ¿Cuáles son los requisitos, formatos y modelo de dicho documento?

Los siguientes:

  • Requisitos para el trámite del certificado de bienes no pertenecientes al patrimonio cultural de la Nación con fines de exportación. (descargar)
  • Declaración Jurada. (descargar)
  • Solicitud al Instituto Nacional de Cultura. (descargar)
  • Registros de Firmas y Sellos del Certificado de Bienes no pertenecientes al patrimonio cultura de la Nación con fines de exportación. (descargar)
  • Certificado de bienes no pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación con fines de exportación. (descargar)
También, las Direcciones Regionales de La Libertad y Cusco tienen la potestad de emitir el certificado de bienes no pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación con fines de exportación, función otorgada mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1311/INC de fecha 14 de agosto de 2006.

Para cualquier información sobre el trámite mencionado, deberá comunicarse con la Oficina de Recuperaciones al teléfono: 226-4162 anexo 283; e-mail: defensarecuperaciones@inc.gob.pe

¿Dónde puedo registrar los bienes culturales?

El registro de bienes pertenecientes al patrimonio cultural de la Nación se realiza en el caso de objetos arqueológicos en el Museo Nacional de Arqueología e Historia del Perú (cualquier consulta al respecto comunicarse al 463-5070).

En el caso de obras históricas y/o artísticas en la Subdirección de Investigación, Registro y Catalogación del Patrimonio Cultural Mueble Moderno y Contemporáneo de la Dirección de Fomento de las Artes (cualquier consulta al respecto comunicarse al 476-9900 anexo 245).

¿Cómo reportar atentados contra los Bienes del Patrimonio Cultural de la Nación?

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